Por: Pbro. Lic. Félix Daniel
Blanco
1. Aunque la bioética como tal tiene una historia relativamente
reciente, algunos de los problemas que ella afronta y a los que intenta ofrecer
una respuesta, fueron objeto de la consideración y el análisis ético, desde
diversas perspectivas, mucho antes de su aparición. En el campo católico la
preocupación por las temáticas vinculadas a la vida humana, ha estado siempre
presente y ha acompañado el desarrollo de la moral de inspiración cristiana.
2. A partir de la cosmovisión y, en particular, de la
antropología que emerge inicialmente de los datos de la revelación, y
valiéndose del aporte de las diversas filosofías, en diálogo con las culturas y
los interrogantes de la historia, se fue configurando la reflexión cristiana
sobre la vida humana en sus líneas generales. Aquí nos limitamos a mencionarla,
sin entrar en su descripción.
3. Desde esta concepción fundamental se desarrollaron las
orientaciones normativas del obrar responsable, como proyección del
reconocimiento de los valores intervinientes en esta área. Convicciones de base
y normas deontológicamente fundadas que proyectarán su luz sobre las
problemáticas que giran en torno a la vida humana, que incidirán en el
discernimiento y las decisiones de conciencia, y que regularán finalmente el
comportamiento de quienes libremente adhieren a la propuesta moral cristiana,
como posibilidad de auténtica humanización.
4. Sin embargo, ante la complejidad del obrar humano
concretamente situado, con las múltiples variables posibles, la sola atención a
las normas deontológicamente fundadas, no resultan suficientes. Se verifican,
efectivamente, situaciones en las que el agente se encuentra en medio de
verdaderos conflictos de deberes, solicitado al mismo tiempo desde distintos
ángulos al respeto de los valores
comprometidos. No siempre es posible abstenerse de obrar. La toma de decisiones
es, en ocasiones, impostergable y se hace preciso encontrar el modo de llegar a
formularlas de manera éticamente bien fundamentada.
5. En este contexto de la casuística, es decir, de la atención
prestada a los casos particulares, y
ante situaciones particularmente difíciles, para ofrecer vías de resolución
éticamente fundamentadas, la moral tradicional católica se valió de algunos
principios, como el de causa con doble efecto, el de totalidad, el de
excepción, la epiqueya. A dichos principios morales se apelaba muy
frecuentemente en el pasado, sobre todo en algunos sectores de la teología
moral especial, como el de las problemáticas en torno a la vida física, la
salud y la enfermedad, el homicidio. Recientemente, fueron objeto de revisión
desde la opción por enfoques morales críticos de los planteos anteriores,
orientados a superar la casuística restrictiva y el objetivismo, a pasar de una
moral de los actos a una moral de la persona que obra.
6. El principio de doble efecto procura responder a aquella
peculiar dificultad que plantea el hecho de que, puesta una causa, de la misma
se sigan dos efectos, de los cuales uno es bueno y el otro malo. Puesto que un
efecto malo nunca puede ser lícitamente querido, surge la pregunta acerca de la
legitimidad ética de realizar aquella acción. Proporcionar morfina a un enfermo
para aliviar su dolor puede generar adicción; sin embargo, aunque esto se
reconozca, hay situaciones en las cuales ese comportamiento parece claramente
el indicado. Por otra parte parece imposible que se puedan evitar siempre las acciones que producen dos
efectos, uno bueno y otro malo, lo cual induce a concluir que no siempre ese
obrar es culpable. Habrá que aceptar que hay situaciones en las cuales quien
obra buscando el efecto bueno, no tiene más remedio que tolerar que su acción
produzca también un efecto malo. Este, claro está, no ha de ser buscado por sí,
directamente querido, sino solamente tolerado en cuanto inevitable.
7. Para su correcta aplicación, el principio de doble efecto
requiere algunas condiciones, que todos los autores, con algunas variantes,
proponen; a saber: 1) Que la acción que es causa del doble efecto no sea en sí
misma mala, sino buena o indiferente. 2) Que los dos efectos, el bueno y el
malo, se sigan con igual inmediatez de la acción que los causa; en otras
palabras, que de la acción no se siga primeramente el efecto malo, como medio para
que se produzca el bueno; puesto que nunca es lícito hacer un mal para que se
produzca un bien; el fin no justifica los medios. 3) El querer del que obra, su
intención voluntaria, ha de orientarse únicamente al efecto bueno, y de ninguna
manera al malo. 4) Que el motivo para tolerar el efecto malo sea
suficientemente importante como para que se justifique poner tal acción; o, en
otras palabras, que el efecto bueno sea considerablemente predominante en
relación con el malo.
8. Queda claro, pues, que aplicado en atención a todas estas
puntualizaciones, el principio de doble efecto excluye completamente que quien
obra quiera el efecto malo; éste no ha de ser objeto de la intención del agente
en absoluto, sino solamente tolerado. En tal caso, la moral tradicional
afirmaba que la voluntad del que obra quiere directamente el efecto bueno y,
puesto que pone la causa que produce a ambos, sólo indirectamente el malo.
9. El ejemplo característico es el de una intervención por la
cual se extrae el útero afectado por
tumor de una mujer embarazada, con la consecuente muerte del feto (supuesto,
claro está, que no haya otra alternativa). La norma moral que considera siempre
objetivamente ilícita la interrupción del embarazo en función del derecho a la
vida del nascituro, no está en discusión. En este caso la muerte del feto no es
directamente buscada como medio para obtener otro efecto (la preservación de la
vida de la madre), sino sólo efecto previsto, pero no querido, más bien
lamentado, de una acción que imperiosamente se requiere para tutelar un bien
proporcionalmente importante, como lo es la vida de la madre. No se trata de
decidir quién ha de vivir y quien no, sino de aceptar que no siempre está en
nuestras manos el obrar de tal modo que se evite, como quisiéramos, todo efecto
malo.
10. El principio de totalidad parte de la consideración del cuerpo
humano como un organismo, un todo compuesto por partes, en orgánica
vinculación. Afirma la ordenación de las partes al todo, y por lo tanto, indica
la prioridad que ha de otorgarse al todo sobre las partes cuando entran en
conflicto. Cualquier intervención sobre un miembro o un órgano del cuerpo
humano habrá, pues, de justificarse en función de su totalidad funcional. Desde
este principio se determina criteriológicamente la licitud moral de una
intervención que afecta lesivamente a una parte en función del bien del todo,
como es el caso, por ej., de la amputación de un miembro requerida para evitar
la extensión de una gangrena que sería mortal para el individuo.
11. Así, este principio permite encontrar una respuesta éticamente
fundada para aquellas situaciones en que la acción que las circunstancias
exigen, entra en conflicto con la norma deontológicamente fundada, según la
cual se considera ilícita cualquier intervención sobre el propio cuerpo, o el
ajeno, que lo afecte perjudicándolo gravemente. Para poner un ejemplo en
correlación con el anterior, sería el caso de la mutilación, en que se secciona
un miembro del cuerpo sin una causa justa y proporcional que justifique tal
acción, afectando en mayor o menor medida el bien de todo el organismo.
12. El principio de totalidad ha sido por lo general aplicado de
manera limitada al organismo físico, al cuerpo humano, donde concurren valores
no morales (la vida física, considerada como el todo - el miembro o el órgano,
considerado como la parte). Sin embargo, a veces se lo ha referido a la
exigencia de anteponer la personal adhesión a los valores morales a los bienes
no morales con los que pueda entrar en conflicto, aun cuando se trate de la
propia vida. Algunos otros, han querido extender su significación a un contexto
más amplio, abarcando otros contenidos, como es el caso de quienes recurren a
este principio para justificar el recurso a la anticoncepción en función del bien
integral la pareja, considerado como un todo.
13. Estos principios tuvieron gran vigencia en la moral católica
anterior al Concilio Vaticano II. Se los encuentra muchas veces, por ej., en
las numerosas intervenciones del Papa Pío XII sobre diversos temas y,
particularmente, en los referidos a la ética médica. En la renovación
teológico-moral que el Vaticano II acogió e impulsó, han perdido notablemente
la influencia que antes ejercían, por diversas razones, entre otras, porque en
esa reflexión el momento casuístico de la moral, por reacción a lo anterior,
está escasamente presente.
14. Ciertamente, era necesario que estos principios fueran
profundamente revisados y criticados, particularmente en la manera muchas veces
demasiado restringida de aplicarlos a un determinado problema para llegar a
clarificar el juicio moral. Ningún
principio, por válido que sea, nos exonera de la búsqueda de la
respuesta ética más adecuada al caso y de un atento discernimiento que tenga en
cuenta lo original y propio de cada situación. La posibilidad de los
trasplantes, en su momento, obligó a preguntarse acerca de la licitud de la
ablación de órganos. Claramente se ve que no se puede argumentar desde el
principio de totalidad, más bien al contrario; si nos atenemos férreamente a
este principio habría que declararla ilícita. Hubo que recurrir a otras
consideraciones, integradas razonablemente al discernimiento ético, para
mostrar no sólo su licitud, sino más aún su carácter noblemente altruísta.
15. Curiosamente, el desarrollo reciente de la bioética revalorizó
la casuística, la capacidad del pensamiento ético para dar respuesta a las
problemáticas que presentan los casos concretos. Lo cual es muy positivo,
porque una moral que no llegue a iluminar los casos concretos, se condena a
exhortaciones generales. Sin embargo, por el contexto y el modo en el que
surge, la bioética de matriz anglosajona priorizó otros principios. En el campo
católico, la bioética personalista que desde hace ya tiempo viene
desarrollándose, ha querido conectar con los esfuerzos anteriores de reflexión
y, entre otras cosas, se ha encontrado con estos principios morales y se
pregunta acerca de la posible vigencia actual de la sabiduría práctica que
tradicionalmente se les asignó.
16. Si la bioética como disciplina se orienta a tomar en
consideración y servir al bien integral de la persona, es decisivo que la
reflexión y el debate tengan en cuenta la concepción antropológica que subyace
y de la cual emergen los planteamientos éticos. Aquellos principios tradicionales
a los que nos hemos referido suponían una determinada visión del hombre y una
concepción ética que hoy no puede igualmente suponerse sin más. Mucho menos en
la bioética, donde la insolubilidad de ciertos planteamientos ha puesto de
relieve la necesidad de esclarecer el fundamento del cual se parte, y que
condiciona el discurso consiguiente.-
Pbro. Lic. Félix Daniel Blanco
Bibliografía:
AA. VV., Rev. CONCILIUM, n.120 (1976) Madrid.
COMPAGNONI, F. / PIANA, G. / PRIVITERA, S. / VIDAL, M., Nuevo diccionario de teología moral, Paulinas, Madrid1992.
HÖRMANN, K., Diccionario de moral cristiana, Herder, Barcelona 1979 2.
KNAUER, P., El principio del Adoble efecto@ como norma universal de la moral, en: Rev. Selecciones de Teología n. 27 (1968) 265-275.
MAHONEY, J., El razonamiento moral en la ética médica, en: Rev. Selecciones de Teología n. 104 (1987) 285-292.
ROSSI, L. / VALSECCHI, A., Diccionario enciclopédico de teología moral, Paulinas, Madrid 1985 5.
ROTTER, H. / VIRT, G., Nuevo diccionario de moral cristiana, Herder, Barcelona 1993.
SGRECCIA, E., Manuale di bioetica, Vita e pensiero, Milano 1988.
VIDAL, M., Diccionario de ética teológica, Verbo Divino, Estella 1991.
Bibliografía:
AA. VV., Rev. CONCILIUM, n.120 (1976) Madrid.
COMPAGNONI, F. / PIANA, G. / PRIVITERA, S. / VIDAL, M., Nuevo diccionario de teología moral, Paulinas, Madrid1992.
HÖRMANN, K., Diccionario de moral cristiana, Herder, Barcelona 1979 2.
KNAUER, P., El principio del Adoble efecto@ como norma universal de la moral, en: Rev. Selecciones de Teología n. 27 (1968) 265-275.
MAHONEY, J., El razonamiento moral en la ética médica, en: Rev. Selecciones de Teología n. 104 (1987) 285-292.
ROSSI, L. / VALSECCHI, A., Diccionario enciclopédico de teología moral, Paulinas, Madrid 1985 5.
ROTTER, H. / VIRT, G., Nuevo diccionario de moral cristiana, Herder, Barcelona 1993.
SGRECCIA, E., Manuale di bioetica, Vita e pensiero, Milano 1988.
VIDAL, M., Diccionario de ética teológica, Verbo Divino, Estella 1991.
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